Interesante sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo 4 de la Coruña, por la cual declara que ser multado por un radar de la DGT en vía urbana no es legal, ya que la ley establece que la competencia para poder denunciar es de la Policía Local y del Ayuntamiento que es quien tiene la potestad de instruir y sancionar,
al amparo de lo dispuesto en la normativa de aplicación Reglamento
general de carreteras aprobado por Real Decreto 1812/2003 de 2 de
septiembre.
Por este motivo, en la sentencia se declara la nulidad de la multa.
Esta sentencia es muy importante ya que el fallo podría sentar jurisprudencia sobre otros radares de la DGT situados en vías
urbanas, además la sentencia no puede ser recurrida, una buena bofetada por parte de la justicia para el Director de la DGT Pere Navarro.
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